Empresuchas

ATA colaborará con Industria en la formación de 5.000 autónomos en nuevas tecnologías

Escrito por RRHHDigital - Portada el Martes, 13 de Enero del 2009 a las 5:41 pm, 149 lecturas



La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) colaborará con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en la difusón del Plan Avanza entre los autónomos, con el objetivo de formar a 5.000 emprendedores en nuevas tecnologías.


En un comunicado, ATA explica que la colaboración con Industria se centra en los programas Avanza Formación, Avanza Formación Turismo y Avanza Ciudadana, que incluyen más de 200 acciones formativas y de entrenamientos sobre las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC).

El programa Avanza Formación se centra en el aprendizaje en zonas donde la digitalización todavía es mínima, con el objetivo de que los autónomos incorporen el uso de los programas informáticos más comunes a sus operaciones diarias.

Por su parte, el programa Avanza Formación Turismo pretende formar a los trabajadores por cuenta propia dedicados al turismo rural en el desarrollo del negocio electrónico; enseñándoles las diversas posibilidades de gestionar su empresa a través del comercio y la facturación electrónica, y las ventajas de contar con una página web.

Finalmente, el programa Avanza Ciudadanía busca desarrollar acciones de dinamización en el uso habitual de la red y las nuevas tecnologías para promover el autoempleo y el teletrabajo entre los jóvenes del medio rural.

Categoria: Trabajo, ABC-Noticias Tecnología, ABC-Empresas


No hay comentarios a “ATA colaborará con Industria en la formación de 5.000 autónomos en nuevas tecnologías”

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados