Empresuchas

CCOO anuncia que la jornada intensiva en la construcción “sólo se ha cumplido en el 20 por ciento de los casos”

Escrito por RRHHDigital - Portada el Sábado, 13 de Septiembre del 2008 a las 12:36 am, 254 lecturas



El sindicato CCOO anunció ayer que la jornada intensiva en el sector de la construcción "sólo se ha cumplido en un 20 por ciento de los casos" en la provincia de Huelva y consideró que "la actitud de los empresarios al negarse a su aplicación en los meses de verano es irresponsable y peligrosa ya que expone a los trabajadores a un mayor riesgo de sufrir accidentes".Según explicó en un comunicado el sindicato, "un 20 por ciento de aplicación de la jornada intensiva es una cifra muy reducida teniendo en cuenta la importancia que para la salud y la vida de los trabajadores puede llegar a tener esta medida".

Por su parte, el secretario general del Sindicato Provincial de Construccion (Fecoma), José María Cáceres, criticó que "los empresarios se hayan escudado en la crisis para no aplicar la jornada intensiva de siete horas y que hayan obligado a los trabajadores a realizar una jornada continuada de ocho horas en el mejor de los casos, puesto que muchos ni siquiera han podido disfrutar de esta medida".

Por otro lado, el sindicalista señaló que "la siniestralidad en la construcción en muchos casos durante el período estival está relacionada con factores que podrían evitarse con la aplicación de la jornada intensiva como el calor corporal excesivo, debido a una temperatura ambiente elevada; la exposición al sol durante largos periodos de tiempo y la realización de un trabajo agotador".

En este sentido, CCOO reclamó una "mayor implicación" de las autoridades laborales en la consecución de este objetivo "porque no se entiende que el Ministerio de Sanidad lance campañas de prevención sobre los peligros de trabajar expuesto al sol y al calor, mientras la autoridad laboral mira hacia otro lado a la hora de mediar entre patronal y sindicatos para acordar la aplicación de la jornada intensiva".

Asimismo, el sindicato apuntó "la escasa evaluación de riesgos laborales que se efectúa en la construcción, así como la falta de prevención y de medidas de seguridad, que convierten a este sector en el más castigado por los accidentes laborales".

Por su parte, Cáceres expresó su "preocupación por el incremento de las cifras de siniestralidad en la provincia de Huelva ya que en lo que va de año seis trabajadores de la construcción han fallecido en el tajo, uno de los casos más recientes es el accidente que tuvo lugar el pasado 11 de agosto en La Zarza, que causó la muerte de un trabajador y quemaduras en el 78 por ciento del cuerpo a otro, que aún continúa hospitalizado".

Para evitar casos como estos, CCOO reclamó a las autoridades que "velen por el respeto y el cumplimiento de las normas de prevención de riesgos laborales y que doten a la Inspección de Trabajo de los medios materiales y humanos necesarios para hacer efectiva su labor de vigilancia y control de la seguridad de los trabajadores".


Categoria: Trabajo, ccoo, ABC-Empresas


No hay comentarios a “CCOO anuncia que la jornada intensiva en la construcción “sólo se ha cumplido en el 20 por ciento de los casos””

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados