Escrito por RRHHDigital - Secciones el Lunes, 6 de Octubre del 2008 a las 12:24 am, 282 lecturas
El secretario de CC.OO. de Cataluña, Joan Coscubiela, lamentó ayer el cierre de la fábrica barcelonesa de helados Frigo, de la multinacional Unilever, anunciado el pasado viernes y criticó que se trata de un caso de "evidente especulación inmobiliaria".
Para el responsable de la organización, los terrenos que ocupa la factoría en el barrio de Poblenou de la capital catalana son el objeto con el que la empresa pretende llevar a cabo "una inmensa especulación en una zona neurálgica" de la ciudad.
Coscubiela lamentó las situaciones de empresas que, con una actitud que tildo de "oportunista", buscan "hacer negocio ante la crisis económica".
Categoria: ABC-Sindical, Cataluña, ABC-Empresas
No hay comentarios
a “Coscubiela (CC.OO.) lamenta el cierre de Frigo y lo considera un caso de “especulación inmobiliaria””
* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
Responsabilidad sobre los mensajes enviados