Empresuchas

z

El coste laboral sube un 2,7% en España y merma la ya deteriorada competitividad

Escrito por RRHHDigital - Portada el Miércoles, 20 de Agosto del 2008 a las 12:16 am, 60 lecturas

El sector industrial sigue perdiendo competitividad debido al aumento de los costes laborales, que crecieron un 2,7% en un año en España según datos de la OCDE. El incremento de los costes laborales indica que los sueldos de los trabajadores han subido por encima de la productividad, y tiene un reflejo directo en la presión sobre los precios de producción y la pérdidad de competitividad de la industra española frente al resto del mundo. Las cifras de España sitúan a nuestro país mucho peor que los de la zona euro (donde los costes laborales subieron un 0,1%), del G-7 (un 0,4%) y de toda la OCDE (un 0,5%).
Después de haber conseguido estabilizar el aumento de costes en la primera parte de 2007, tras el verano pasado los costes laborales se han disparado a una media de ocho décimas por trimestre. Por ejemplo, en el último año grandes economías como EE.UU., Alemania o Japón han bajado sus costes laborales, lo que significa un aumento de la competitividad de sus industrias.
Por su parte, los costes en el sector servicios también han aumentado, un 2,5% en el año y un 0,8% en el último trimestre respecto al anterior, reflejando menor competitividad en este segmento vital.


Categoria: Trabajo, ABC-Empresas


No hay comentarios a “El coste laboral sube un 2,7% en España y merma la ya deteriorada competitividad”

Leave a Reply

XHTML: You can use these tags: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <code> <em> <i> <strike> <strong>

Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
  • Comentarios Recientes:

    • alu: Esta ayuda puede servir para los interesados en la bolsa del SAS http://info-bolsas.blogspot.co m
    • rodolfo: Sr,jolum le doy la razón en lo de los siniestros y que solo se preocupan de la produccion, ahi va un ejemplo...
    • Lima: Yo me estoy preparando para ello,para tener un trabajo estable,y para mirar por la seguridad de los...
    • Rosario_32: Os aconsejo pasaros a jugar a Ventura24. Ofrece lotería estatal, pero con precios bastante inferiores a...
    • empleada de telefonica: como empleada de telefonica, os puedo confirmar que la empresa NO se ha comprometido a crear...
  • Recientes Trackbacks: