Empresuchas

El Gobierno destina 200 millones de euros para aumentar las pensiones de las Clases Pasivas

Escrito por RRHHDigital - Portada el Sábado, 10 de Enero del 2009 a las 1:38 pm, 212 lecturas



El Consejo de Ministros aprobó ayer un Real Decreto sobre revalorización y complementos de pensiones de Clases Pasivas del Estado para 2009, según lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.


El conjunto de estas medidas afecta, aproximadamente, a 592.000 pensiones y el coste total de la revalorización asciende a 200 millones de euros, incluida la actualización de las ayudas sociales que el Estado reconoce a favor de determinadas personas que resultaron contaminadas en el Sistema Sanitario Público por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH).

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009 fija, con carácter general, la revalorización de las pensiones para el citado ejercicio económico en un 2%, igual al IPC previsto para ese mismo año, lo que garantiza el poder adquisitivo de las pensiones, ya que dicha revalorización se aplicará sobre las cuantías correspondientes a 31 de diciembre de 2008, previamente actualizadas conforme a la desviación del IPC de noviembre de 2007 a noviembre de 2008.

Asimismo, para compensar dicha desviación se establece el abono de una cantidad adicional de pago único equivalente a la diferencia del 0,4% del IPC real del año 2008 y el aplicado a las pensiones.

Por otra parte, de acuerdo con el compromiso del Gobierno de mejorar la cuantía de las pensiones mínimas, estas prestaciones en su modalidad contributiva experimentarán en Clases Pasivas un incremento entre el 3% y el 6%, según la situación del pensionista y clase de pensión de que se trate. Cerca de 47.000 pensionistas se beneficiarán de este incremento, fundamentalmente los que tienen su causa en la legislación derivada de la Guerra Civil española.

Categoria: ABC - Salud, sueldo, salarios, ABC - Economía, ABC-Empresas


No hay comentarios a “El Gobierno destina 200 millones de euros para aumentar las pensiones de las Clases Pasivas”

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados