El Satse denuncia la falta de material en los diferentes centros sanitarios de la ciudad
Escrito por RRHHDigital - Portada el Lunes, 25 de Agosto del 2008 a las 12:35 am, 123 lecturas
A juicio de Satse, ‘no es de recibo que no tengan el material de curas indispensable para realizar su trabajo diario. Que no haya gasas estériles, ni equipos de suero, ni determinados sueros, ni tubos de extracción para las muestras de sangre, ni cepillos con betadine, ni que las palometas para la extracción de muestras de sangre sean las más idóneas para prevenir riesgos de salud laboral y que, siempre, escaseen o que falten parches de carbono para la cura de las úlceras de los pacientes encamados en sus domicilios o guantes, y que esto se esté convirtiendo en algo habitual, no nos parece lógico’, declaró Álvarez.
Estos son algunos de los motivos que incitan al sindicato a cuestionarse asuntos como cuál es la cuantía que se ahorra el Ingesa con esta práctica o qué es lo que de verdad importa para mejorar la sanidad local, o si no habrá que dotarla de los recursos materiales necesarios para poder ofrecer al usuario los cuidados de calidad que éste demanda.
Ante esta situación Álvarez califica de ‘caos’ la sanidad local pues, según aseguró, la despreocupación y mala gestión que se hace afecta incluso al personal de enfermería que es contratado de manera temporal, pues se le exige devolver el uniforme al término del contrato, ‘independientemente de que en pocos días se prevea la necesidad de volver a contratarle de nuevo’, dijo la secretaria general.
Por todo esto, el Satse espera que el Ingesa busque soluciones para paliar esta desorganización y ‘desbarajustes’ que sufre la sanidad en Melilla en cuanto a la falta de material en los centros sanitarios.
Categoria: ABC - Salud, Melilla, ABC-Empresas
- Añadir este post a
- Del.icio.us -
- Meneame -
- Digg -
- -
Print This Post
Leave a Reply
Normas:Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
