Empleados de Bankinter participan hoy en una jornada de voluntariado ambiental en Guadalajara
Escrito por RRHHDigital - Secciones el Viernes, 25 de Abril del 2008 a las 11:29 pm, 269 lecturas
Bankinter organiza hoy la IV Jornada de voluntariado medioambiental que, en colaboración con la Fundación ‘Apadrina un árbol’, consistirá en la reforestación de la finca ‘El Solanillo’ (Guadalajara), una zona devastada en el año 2005 por un incendio en el que murieron 11 personas.
Según informa la entidad en nota de prensa, la jornada contará con una nutrida asistencia de voluntarios del banco, entre empleados y familiares de empleados. En principio, los voluntarios llevarán a cabo labores de resalveo, es decir, seleccionando rebrotes en los robles y encinas calcinados para acortar el proceso de recuperación de las hectáreas devastadas.
Esta iniciativa forma parte del programa de ‘Voluntariado Corporativo’ de Bankinter, que contempla la participación e implicación activa de los propios empleados en temas sociales como la discapacidad, el medio ambiente, la alfabetización digital o la infancia.
Categoria: Guadalajara, Castilla La Mancha
- Añadir este post a
- Del.icio.us -
- Meneame -
- Digg -
- -
Print This Post
Leave a Reply
Normas:Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
