Empresuchas

Fallece un trabajador al precipitarse desde un tejado de la localidad de Morales del Vino (Zamora)

Escrito por RRHHDigital - Portada el Viernes, 21 de Noviembre del 2008 a las 1:03 pm, 48 lecturas


Un obrero de unos 20 años perdió hoy la vida tras precipitarse desde el tejado de un inmueble de la localidad zamorana de Morales del Vino, según informaron a Europa Press fuentes del Servicio de Emergencias Castilla y León 112.

El suceso se produjo poco antes de las 8.05 horas de hoy y fue una persona la que alertó al 112 de lo sucedido en el número 78 de la calle Zamora de la localidad de Morales del Vino (Zamora).

Según el alertante, el operario, que se precipitó desde una altura de unos seis metros, se encontraba inconsciente y probablemente fallecido.

Se dio aviso a la Guardia Civil y a Emergencias Sanitarias, que envió una UVI móvil, y en el lugar de los hechos los facultativos de Sacyl atendieron a un varón cuya identidad se desconoce de momento y que finalmente pereció pese a los intentos de reanimación.

Categoria: Accidentes laborales, Zamora, Castilla y León, ABC-Empresas


No hay comentarios a “Fallece un trabajador al precipitarse desde un tejado de la localidad de Morales del Vino (Zamora)”

Leave a Reply

XHTML: You can use these tags: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <code> <em> <i> <strike> <strong>

Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Páginas relacionadas

Blogalaxia
  • Comentarios Recientes:

    • hugo: buenas buenas me diagnosticaron y tirectomia total en 1991 con 1-era recaida en 1997 donde eliminaron una...
    • zampoño: Estuve trabajando para esta empresa hace unos años, guiado por una oferta de trabajo que aparecio en un...
    • jose david: hola solo Queria solicitar trabajo de camionero de cisternas tengo 35 años y muchas ganas de trabajar mi...
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: … Y MORIRAN FELICES…, y entrara con “Honores”…, en la Gloria!…. … Muchachos, no le crean...
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: 31º EAST OF GREENWICH and 30º NORTH …, of Ecuador: La Gran Pirámide de Giza!. … No hay más Dios...
  • Recientes Trackbacks: