Fallece un trabajador de Hunosa en el pozo Monsacro | Empresuchas

rss Notícias Tecnología rss Multinacionales rss Retro gadgets rss Cacharrería rssCuriosidades rss ¿Tópicos?

Jun 30
70 lecturas

Un trabajador de Hunosa ha fallecido esta mañana en un accidente laboral registrado en el pozo Monsacro, situado entre Riosa y Morcín, en la cuenca minera del Caudal, han informado fuentes de la empresa estatal minera.

El minero de 38 años y que responde a las iniciales B.P.F. falleció tras resultar aplastado, por causas que se desconocen, por un vagoneta de carbón, han informado fuentes del servicio de emergencias 112 Asturias.

El Centro de Coordinación de Emergencias del 112-Asturias recibió a las 9.46 horas el aviso de que había un trabajador que estaba inconsciente tras haber recibido un golpe en la cabeza.

Inmediatamente se alertó al Servicio de Atención Médica Urgente (SAMU) que envió al lugar a la UVI-Móvil de Oviedo.

A las 11.46 horas los responsables de Seguridad de Hunosa comunicó al Centro de Coordinación de Emergencias del 112-Asturias que el trabajador había fallecido y que por lo tanto solicitaban la presencia de la Guardia Civil.

Este fallecimiento es el primero que se registra en accidente laboral en lo que va de año en Hunosa, la mayor compañía minera del país con una plantilla de unos tres mil trabajadores.

El último accidente mortal en un pozo minero de Asturias se registró el 17 de octubre del pasado año, cuando un trabajador del pozo Candín, también de Hunosa, murió por la inhalación de gas.


Fallece un trabajador de Hunosa en el pozo Monsacro--> Volver
ABC-Empresas, Principado de Asturias, Asturias, Accidentes laborales Moderada:RRHHDigital - Portada Print este post Print este post
Envía tu Noticia

Suscripción RSS a los comentarios de la entrada.

Deja tu comentario.

XHTML: You can use these tags: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <code> <em> <i> <strike> <strong>



Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Páginas Relacionadas

Add to Technorati Favorites Blogalaxia Blogarithm  Bitacoras.com Einicio


Categorías