La CVE adapta su portal de empleo, ‘www.tutrabajo.org’, a los nuevos estándares de accesibilidad
Escrito por RRHHDigital - Portada el Domingo, 21 de Septiembre del 2008 a las 12:13 am, 120 lecturas
La Confederación Vallisoletana de Empresarios (CVE) presentó el pasado viernes la renovación de su portal de empleo, ‘www.tutrabajo.org‘, que, a través de la colaboración de la Obra Social de Caixa Galicia, se ha adaptado a los nuevos estándares de accesibilidad.
"Se trata de una herramienta importante para facilitar la transparencia del mercado laboral", explicó el presidente de la CVE, Manuel Soler, que destacó la necesidad de que todas las personas puedan acceder en igualdad de condiciones a este tipo de herramientas telemáticas para buscar o mejorar su empleo.
Según detalló Manuel Soler, el portal ‘www.tutrabajo.org‘, que se puso en marcha hace ya cinco años con unos resultados "francamente satisfactorios" en la intermediación en los temas de empleo, ha cambiado de color y permite conocer en el momento el número de personas conectadas a la página.
Además, esta herramienta telemática ha mejorado su buscador y aspectos como la accesibilidad a la oferta y demanda de empleo por provincias, al mismo tiempo que permite consultar en un solo clic las ofertas de empleo del día y modificar el tamaño de la página.
Manuel Soler aseguró que en sus cinco años de vida la página ‘tutrabajo-org’ también ha servido para ayudar a los empresarios de Castilla y León a conseguir la mano de obra más adecuada para poder competir en la nueva circunstancia surgida con la crisis económica.
Según sus datos, los demandantes de empleo inscritos en este portal de intermediación laboral alcanza ya los 59.231 mientras que el total de ofertas publicadas desde el inicio de este portal supera los 26.650. Por su parte, el dato de empresas inscritas en esta herramienta es de 3.937. El presidente de la CVE alabó también la "altísima fidelidad" de las empresas a esta página web, ya que el 25 por ciento la han utilizado en los últimos tres meses.
Por su parte, el vicepresidente segundo de la Junta y consejero de Economía y Empleo, Tomás Villanueva, que asistió al acto de presentación de la renovación de esta página web, destacó la importancia de este tipo de herramientas de intermediación laboral por su "celeridad" y "calidad".
"Hoy las nuevas tecnologías evitan desplazamientos a los desempleados y consiguen superar algunas trabas burocráticas", precisó Villanueva, que consideró "clave" conseguir que todos los ciudadanos tengan acceso a las nuevas tecnologías.
Tomás Villanueva informó también de que en los últimos meses el Servicio Público de Empleo de Castilla y León ha registrado "importantes" adaptaciones en su portal de empleo, entre las que destacó el uso del DNI electrónico "con todo tipo de garantías" o la posibilidad de consulta on-line a tiempo real y con nuevas técnicas de contratación.
Por último, el jefe de zona de Castilla y León de Caixa Galicia, José Juan Llanos, corroboró la apuesta de esta entidad de ahorros en la comunidad autónoma castellanoleonesa, a la que ha destinado ya más de 2 millones de euros en un total de 30 proyectos de la obra social.
Categoria: Trabajo, nuevas tecnologias, ABC-Empresas
- Añadir este post a
- Del.icio.us -
- Meneame -
- Digg -
- -
Print This Post
Leave a Reply
Normas:Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
