La nueva legislación unifica en un único texto la normativa existente sobre la dirección de las cajas y despliega la Ley de cajas de ahorros aprobada en julio de 2006, con novedades como límites de mandatos de seis años (antes eran cuatro) y periodos de renovación parcial trienales (antes bianuales).
Por lo que respecta a la composición de los órganos de gobierno de las cajas, los consejos comarcales tendrán una presencia de entre el 25% y el 35% del total de representantes de corporaciones locales. El resto corresponderá a ayuntamientos y otras corporaciones locales, lo que supone una participación mayor que anteriormente.
En el caso de los representantes de los impositores, el número de impositores de cada zona no podrá exceder el triple de la media conjunta. El decreto también eleva de cinco a 20 el número mínimo de compromisarios.
Respecto a los representantes de las entidades o personas fundadoras y otras entidades, la nueva normativa prevé la posibilidad de crear, junto con la Federación Catalana de Cajas de Ahorros, un comité asesor de expertos independientes que dictamine sobre la relevancia y la representación social y económica sobre el territorio de las organizaciones cívicas que las cajas quieran incorporar a sus órganos de gobierno.
El decreto también establece incompatibilidades para la participación de miembros de órganos de gobierno de cajas en la administración de otras entidades.
Categoria: salarios, Cataluña, ABC-Empresas
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