Empresuchas

La patronal burgalesa FAE se adhiere al Cheque Servicio para que las empresas asociadas puedan beneficiarse de medidas de conciliación

Escrito por RRHHDigital - Portada el Martes, 1 de Julio del 2008 a las 4:36 pm, 101 lecturas

La Confederación de Asociaciones Empresariales de Burgos (FAE) se adhirió al Cheque Servicio de la Junta de Castilla y León, programa que consiste en la prestación, en circunstancias imprevistas y por una empresa especializada, de un servicio de atención para el cuidado de familiares que dependan de personas trabajadoras.

Según informaron a Europa Press fuentes de la patronal burgalesa, la adhesión de FAE a esta iniciativa supone que todas las empresas que pertenecen a la Confederación, más de 1.500, podrán beneficiarse de ella y ofrecérsela a sus plantillas.

El coste del servicio para el trabajador o la empresa es de tres euros por hora ya que la Administración regional se hace cargo de financiar 11 euros de los 14 que suma el coste real ya que cabe recordar que, en caso de circunstancias imprevistas, un profesional cualificado de una empresa especializada se desplazaría al domicilio del trabajador para ofrecer los cuidados necesarios.

El programa se ha puesto en marcha en los municipios burgaleses de más de 20.000 habitantes así como sus áreas metropolitanas y con ella se pretende avanzar en la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores.


Categoria: Burgos, Castilla y León, ABC-Empresas

No hay comentarios a “La patronal burgalesa FAE se adhiere al Cheque Servicio para que las empresas asociadas puedan beneficiarse de medidas de conciliación”

Leave a Reply

XHTML: You can use these tags: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <code> <em> <i> <strike> <strong>

Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Páginas relacionadas

Blogalaxia
  • Comentarios Recientes:

    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: ES DE NOBLES ROMPER LANZAS…, y olvidar “cicatrices”…, una vez terminada la batalla! …, y es...
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: A LOS POLITICOS HAY…, que escucharlos, meditarlos, criticarlos y combatirlos!. … Pero también...
    • chele martin: Nadie ha comentado que el contrato de relevo aunque parece muy apetecible para el que pretender tener...
    • Maestranzero: Es vergonzoso, que por parte de algunos altos cargos militares, se valgan de las contratas para...
    • carmen florencia: necesito trabajo de limpieza en portales o cominidades mi telefono es 680326401
  • Recientes Trackbacks: