Empresuchas

Los trabajadores de Aldeasa en Barajas convocan una huelga 13.8.2007

Escrito por Pirizoe el Lunes, 13 de Agosto del 2007 a las 9:38 am, 576 lecturas



Los sindicatos UGT y CGT han llamado a la huelga a los trabajadores de Aldeasa en el aeropuerto de Barajas. Los paros tendrán lugar los días 14 y 15 de agosto con el objetivo de demandar mejoras laborales.

Los empleados de Aldeasa están llamados a la huelga durante dos días en lo que será la segunda fase del calendario de paros convocados por UGT y CGT. La primera fase se desarrolló los días 30 de julio, 31 de julio y 1 de agosto, con un seguimiento del 36% según Aldeasa y del 80% según los convocantes.

Las primeras huelgas provocaron el cierre de numerosos establecimientos del aeropuerto madrileño pero las grandes tiendas permanecieron abiertas. Se han convocado otras dos fases: para los días 31 de agosto, 1 de septiembre y 2 de septiembre y para los días 15 y 16 de septiembre.

Estas huelgas no cuentan con el apoyo de los sindicatos mayoritarios del Comité Intercentros de Aldeasa, USO y CCOO. Estos organismos firmaron el 25 de julio el convenio colectivo que regirá durante los próximos cuatro años.

La dirección de Aldeasa considera que esta huelga no está justificada una vez firmado el convenio colectivo por los sindicatos mayoritarios del Comité Intercentros.

http://www.informativos.telecinco.es/

Categoria: Madrid, Comunidad de Madrid


No hay comentarios a “Los trabajadores de Aldeasa en Barajas convocan una huelga 13.8.2007”

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados