Empresuchas

Nueve empresas firman un convenio con el gobierno catalán para integrar laboralmente a mujeres maltratadas

Escrito por RRHHDigital - Portada el Sábado, 22 de Noviembre del 2008 a las 5:33 pm, 128 lecturas

Nueve empresas con implantación en Cataluña (Aguas de Barcelona, Caixa Catalunya, Caprabo, El Corte Inglés, Fundación La Caixa, Gas Natural, Leche Pacual, "la Caixa" y Mercadona) han firmado un convenio con el Gobierno catalán para fomentar la integración laboral de las mujeres víctimas de violencia de género.


El objetivo de este acuerdo de colaboración entre el Departamento de Trabajo de la Generalitat y las entidades firmantes consiste en formar y contratar en una primera fase a 30 mujeres que estén en paro y que hayan sufrido o sufran este tipo de violencia, según un comunicado.

De esta forma, cada una de las empresas se han comprometido a contratar a un mínimo de tres mujeres en situación de violencia de género.

Así, determinarán los perfiles profesionales de los puestos de trabajo que ofertan, así como las necesidades formativas y de apoyo para que estas mujeres se puedan insertar laboralmente.

Por su parte, la Consejería catalana de Trabajo se compromete a seleccionar, formar y proporcionar las candidatas más adecuadas por estos lugares de trabajo.

Este proyecto da respuesta a la obligación recogida en la Ley 5/2008, de 24 de abril, para erradicar la violencia machista, según la cual debe "promover la firma de convenios con empresas y organizaciones sindicales para facilitar la reinserción laboral" de mujeres víctimas de malos tratos.

Categoria: Igualdad de oportunidades, Trabajo, Cataluña, ABC-Empresas


No hay comentarios a “Nueve empresas firman un convenio con el gobierno catalán para integrar laboralmente a mujeres maltratadas”

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados