Paros en Delphi y reducción de empleo en Rieju por la edad para conducir motos
Escrito por RRHHDigital - Portada el Lunes, 12 de Mayo del 2008 a las 4:36 pm, 165 lecturas
La protesta de los trabajadores de Delphi se repetirá cada hora por turno durante los lunes, miércoles y viernes de todo el mes de mayo con la finalidad de ‘desbloquear’ la negociación del convenio ‘cuando se estaba a punto de llegar a un preacuerdo’, señala UGT.
Por su parte, el fabricante gerundense de ciclomotores y motocicletas Rieju prevé una reducción de su plantilla en unas 30 personas y augura que su producción de ciclomotores caerá un 50 por ciento si el Gobierno no acepta decretar una moratoria para la aplicación del Real Decreto que, a partir del 1 de septiembre, aumentará la edad de conducción de estos vehículos de los 14 a los 15 años.
El consejero delegado de Rieju, Jordi Riera, reconoció que, tras un último trimestre de 2007 ‘desastroso’ en términos de resultados empresariales debido al anuncio de la nueva legislación, la compañía no renovará los contratos a una treintena de trabajadores temporales de su planta en Girona. También recordó que su plantilla ya se redujo a finales de año en 40 personas temporales y actualmente cuenta con 110.
Categoria: Gerona (Girona), Cataluña
- Añadir este post a
- Del.icio.us -
- Meneame -
- Digg -
- -
Print This Post
Leave a Reply
Normas:Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
