Empresuchas

Renault recupera el contrato relevo con la ejecución de las primeras 164 contrataciones

Escrito por RRHHDigital - Portada el Martes, 2 de Junio del 2009 a las 12:03 am, 225 lecturas



< a href=”http://www.renault.es” >Renault-España recuperará el ‘contrato relevo’ a partir de ayer, lunes 1 de junio, con la ejecución de las primeras 164 contrataciones a través de esta modalidad con la que se pretende rejuvenecer la plantilla y facilitar el paso a la jubilación parcial de algunos trabajadores.

En concreto y según informó la compañía automovilística a través de un comunicado recogido por Europa Press, los primeros 164 contratos relevo de 2008 se ejecutarán a partir del 1 de junio. “Desde esta fecha y durante los meses siguientes, se realizarán cronológicamente los contratos de esta modalidad de 2009, cumpliendo así con el compromiso adquirido en el Convenio Colectivo”, aseguró la empresa.

A juicio de Renault la situación actual, aunque afectada por la crisis, permite a la empresa reactivar el contrato relevo, paralizado temporalmente desde octubre de 2008.

Este anuncio a los sindicatos se produjo durante la reunión de la Comisión del Plan de Empleo del pasado 8 de mayo en la que Renault informó además del número de contrataciones y de bajas producidas en lo que va de año: 25 bajas en todas las factorías españolas del grupo y 86 contrataciones en la planta de Villamuriel de Cerrato (Palencia), según confirmaron a Europa Press desde la empresa francesa de la marca del rombo.

Categoria: RRHHDigital, Palencia, Castilla y León, ABC-Empresas


No hay comentarios a “Renault recupera el contrato relevo con la ejecución de las primeras 164 contrataciones”

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados