Empresuchas

Sesenta y cuatro científicos inician una campaña a bordo del buque Sarmiento de Gamboa

Escrito por tiadoc el Lunes, 7 de Julio del 2008 a las 10:38 am, 93 lecturas

Un total de sesenta y cuatro científicos de las tres universidades gallegas y de otros centros de investigación participarán desde hoy en una campaña sobre los fondos profundos de la costa noroeste de Galicia, en el área conocida como “A Selva”, a bordo del buque Sarmiento de Gambóa.

Buque Sarmiento de Gamboa

El proyecto, que lleva por título “Os fondos batiais de costas carbonatadas da Selva (NW Galicia): estructura e funcionamento básico do ecosistema”, se desarrollará del 7 al 24 de julio y del 28 de julio al 2 de agosto y cuenta con un presupuesto 131.123 euros costeado por la Consellería de Innovación e Industria.

Los fondos profundos son enclaves del contorno marítimo gallego, con profundidades de 400 metros hasta más de 4.000, con escasa o nula sedimentación, probablemente sometidos a fuertes corrientes oceánicas que permanecen en buena parte inexploradas.

Fuente: Econoticias.com


Categoria: medio ambiente, Galicia


No hay comentarios a “Sesenta y cuatro científicos inician una campaña a bordo del buque Sarmiento de Gamboa”

Leave a Reply

XHTML: You can use these tags: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <code> <em> <i> <strike> <strong>

Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Páginas relacionadas

Blogalaxia
  • Comentarios Recientes:

    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: SER UN MEJOR SUJETO NO ES FACIL! .., ni feliz mejorar el rumbo!…, hacia mejores...
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: SER UN MEJOR SUJETO NO ES FACIL! .., ni feliz mejorar el rumbo!…, hacia mejores...
    • Lafddil:
    • ALFONSO JATIVA GOMEZ: AUNQUE LOS FETICHES, SON FETICHES!. …, y todos sabemos de que están hechos. … Sin embargo, la...
    • Pascual Navarro Bernabeu: que mal explicado está todo, no sé como rellenarlo, no tiene sentido alguno que venga en...
  • Recientes Trackbacks: