Smartphone Motorola A810, con Linux y pantalla táctil
Escrito por Federico Almada el Miércoles, 2 de Julio del 2008 a las 4:06 pm, 107 lecturas

Uno de los productos que podríamos asumir como de los más esperados de Motorola, es el A810, que busca hacerse un lugar entre los populares del momento, al traer como sistema operativo una distribución de Linux (seguramente la misma que trajo el A1200) y también pantalla táctil.
El Motorola A810 no será 3G, lamentablemente, aunque gozará de las siguientes características:
- Dimensiones: 105 x 51 x 14 mm
- Peso: 100 gramos
- SO: Linux
- GSM 900/1800/1900 MHz
- GRPS/EDGE
- Pantalla Táctil LCD de 2.2” con hasta 262 mil colores y resolución de 240 x 320px
- Cámara de 2 Megapíxeles
- Reproductor de audio en formatos AAC+, MP3, WMA, WAV
- Sintonizador de radio FM
- Grabación de voz
- Ranura de memoria microSD
- Bluetooth 2.0
- USB 2.0
- Conector de audio de 3.5 mm
- Colores: Blanco, negro
- Batería de Ion Litio de 910 mAh
- Autonomía de 4 horas en uso y 150 horas en espera
Categoria: Móviles, ABC-Tecnología
- Añadir este post a
- Del.icio.us -
- Meneame -
- Digg -
- -
Print This Post
No hay comentarios
a “Smartphone Motorola A810, con Linux y pantalla táctil”
Leave a Reply
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.
