Empresuchas

Smartphone Samsung Delve (SCH-r800), con TouchWiz

Escrito por Federico Almada el Viernes, 31 de Octubre del 2008 a las 6:31 pm, 360 lecturas



El Samsung Delve, también conocido como SCH-r800, es una variación de los modelos con pantalla táctil que lanzó la empresa, pero en este caso apuntado a las operadoras que trabajan sobre redes CDMA.

Este modelo no se presenta con características importantes, aunque siempre vale la pena tenerlo presente por si alguien vive en un mercado con este tipo de redes.

Veamos las especificaciones del Samsung Delve:

  • Dimensiones: 116.8 x 55.9 x 12.7 mm
  • Peso: 102 gramos
  • CDMA 800/1900 MHz
  • Pantalla táctil TFT de 3” con hasta 262 mil colores y resolución de 240 x 400px
  • Cámara de 2 Megapíxeles
  • Memoria interna de 150MB
  • Ranura microSD
  • Bluetooth con perfil A2DP
  • Conector de audio de 3.5 mm
  • Receptor GPS
  • Batería de 1000 mAh
  • Autonomía de casi 5 horas en uso, 14 días en espera

Este producto saldrá a la venta por medio de Alltel, a un precio de 199 dólares, con un contrato de 2 años.

Podrán encontrarlo recién a partir del 7 de noviembre, aunque al día que estamos… no falta mucho.

Visto en Mobile Burn

Categoria: Móviles, ABC-Tecnología


No hay comentarios a “Smartphone Samsung Delve (SCH-r800), con TouchWiz”

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados