Empresuchas

Un trabajador fallecido ayer en una fábrica de ladrillos llevaba tres días trabajando en su nuevo puesto

Escrito por RRHHDigital - Portada el Jueves, 16 de Abril del 2009 a las 2:02 am, 284 lecturas



Un trabajador que falleció ayer al ser aplastado por una máquina apiladora de ladrillos de la empresa Productos Cerámicos Mora, en la localidad toledana de Illescas, llevaba trabajando más de doce años en la fábrica, pero desde hacía tres días, debido a un reajuste laboral, había cambiado su puesto de trabajo, comenzando a operar con la apiladora de ladrillos, después de varios años al frente de la galletería de rasillón.

Según informó CCOO en un comunicado, el fallecido, de 47 años e identificado como Eusebio M.M., estaba casado, tenía dos hijos, y era delegado sindical de CCOO en la empresa.

El secretario de Salud Laboral del sindicato en Toledo, Ángel Castellanos, constató que el entorno de la apiladora que ha acabado con su vida carecía de barreras de protección así como de fotocélulas o de cualquier otro sistema que delimitara e impidiera el acceso a la zona de trabajo y radio de acción de la máquina.

Asimismo, Castellanos recordó la exigencia legal de contar en las empresas con planes de de prevención de riesgos, y pidió a trabajadores y sindicalistas que no bajen la guardia.

Del mismo modo, reclamó que se cumplan los acuerdos sobre riesgos laborales alcanzados en la Castilla-La Mancha con la Administración regional y la patronal CECAM, entre ellos los referidos a la renovación de equipos de trabajo, para lo que existen subvenciones de hasta 40.000 euros destinadas a pequeñas y medianas empresas

También consideró “una vergüenza” que después de tres horas tras el suceso, no hubieran acudido hasta el lugar ni el forense ni el juez para proceder al levantamiento del cadáver. Después del suceso, los trabajadores de la fábrica pararon su actividad, unos paros que el sindicato ha pedido que continúen hoy en señal de duelo.

Categoria: Accidentes laborales, Toledo, Castilla La Mancha, ABC-Empresas


No hay comentarios a “Un trabajador fallecido ayer en una fábrica de ladrillos llevaba tres días trabajando en su nuevo puesto”

Ver comentario previo



* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas:
Artículo 16 de la ley LSSICE (LEY 34/2002): Los prestadores de un servicio de intermediación consistente en albergar datos proporcionados por el destinatario de este servicio NO SERÁN RESPONSABLES por la información almacenada a petición del destinatario, siempre que: a) No tengan conocimiento efectivo de que la actividad o la información almacenada es llícita o de que lesiona bienes o derechos de un tercero susceptibles de indemnización, o b) Si lo tienen, actúen con diligencia para retirar los datos o hacer imposible el acceso a ellos. Se entenderá que el prestador de servicios tiene el conocimiento efectivo a que se refiere el párrafo a) cuando un órgano competente haya declarado la ilicitud de los datos, ordenado su retirada o que se imposibilite el acceso a los mismos, o se hubiera declarado la existencia de la lesión, y el prestador conociera la correspondiente resolución, sin perjuicio de los procedimientos de detección y retirada de contenidos que los prestadores apliquen en virtud de acuerdos voluntarios y de otros medios de conocimiento efectivo que pudieran establecerse.

Responsabilidad sobre los mensajes enviados