Tabla de contenidos para 2.500 euros
- España, a la cola de Europa en ayudas a la familia pese a los 2.500 euros de Zapatero
- La ayuda de 2.500 euros se cobrará en un único pago
- Los vascos pueden quedarse sin los 2.500 euros por hijo
- El Gobierno estudia dar los 2.500 euros
- La solicitud de la paga de 100 euros generará automáticamente la petición de la ayuda de 2.500 euros
- UGT y la Unión de Consumidores exigen la exención del IVA en el precio de los pañales
- No papeles, no pañales – 20.9.2007
- La paga por hijo se elevará a 3.500 euros para madres solteras y familas numerosas
- No habrá ‘cheque bebé’ para los nacidos antes del 4 de julio pero sí más dinero para guarderías – 27.9.2007
- A la cola en ayudas a familias y natalidad
Las madres trabajadoras que hayan solicitado la paga de 100 euros mensuales para el cuidado de hijos menores de tres años no tendrán que hacer ninguna gestión adicional para cobrar la nueva ayuda de 2.500 euros por nacimiento de hijos, dado que la petición de la primera paga generará automáticamente la solicitud de la segunda, según informó hoy la Agencia Tributaria.
A partir de hoy, puede comunicarse a la Seguridad Social y a la Agencia Tributaria los datos de los nacimientos o adopciones que darán lugar al cobro del pago de 2.500 euros. Esta deducción –en el caso de las madres trabajadoras– o prestación no contributiva –para las madres que no trabajan fuera del hogar– se cobrará mediante transferencia al mes siguiente del nacimiento o adopción a partir de la entrada en vigor de la citada norma.
En el caso de las madres trabajadores, deberán solicitar el modelo 140, que podrá obtenerse por Internet y también en las delegaciones y administraciones de la Agencia Tributaria, en los registros civiles y en otros organismo públicos. El modelo puede ser presentado por vía telemática (con certificado de firma electrónica o DNI electrónico), en impreso o por teléfono (901 200 345).
Si se desea formular la solicitud por teléfono, se debe aportar el número de DNI, el importe consignado en la casilla 681 de la declaración del IRPF, la fecha de nacimiento o adopción del hijo, el número de afiliación a la Seguridad Social o mutualidad y el número de cuenta corriente. La Agencia Tributaria ha habilitado dos números de teléfono (901 200 345 y 901 335 533) para ofrecer información.
Por su parte, las madres que no realicen una actividad remunerada deberán presentar el formulario 141, que está disponible tanto en las oficinas de la Agencia Tributaria como en los centros de atención e información de la Seguridad Social. El formulario puede ser presentado en los citados centros o en cualquier otra oficina pública.
En dicho impreso, además de los datos identificativos de la madre y del hijo y la cuenta corriente del beneficiario, debe incluirse información sobre el Registro Civil en el que se haya inscrito el nacimiento o adopción y el Tomo y Página en el que se haya efectuado la inscripción.
LA MADRE, LA BENEFICIARIA
La Agencia Tributaria, que recuerda que la ayuda la podrán cobrar aquellas madres que hayan tenido un hijo con posterioridad a las 00.00 horas del día 3 de julio, indica que con carácter general, la beneficiaria será la madre. El padre únicamente podrá cobrar la ayuda en caso de fallecimiento de la madre, aunque ésta podrá ceder el cobro al padre.
En los casos de adopción por una sola persona, la beneficiaria será ésta con independencia de su sexo, y en los casos de adopción por parejas del mismo sexo, el beneficiario será aquél que ellos mismos determinen de común acuerdo.
Según el proyecto de Ley aprobado por el Gobierno, es imprescindible que el beneficiario, tanto español como extranjero, haya residido de forma efectiva y continuada en territorio español los dos años inmediatamente anteriores al hecho del nacimiento o adopción.
El abono de la ayuda se producirá, con carácter general, en el mes posterior a la entrada en vigor del proyecto de Ley para aquellos que a partir de hoy realicen la comunicación de un nacimiento o adopción que haya tenido lugar entre el 3 de julio y la aprobación de la norma, siempre que reúnan los requisitos que la ley establezca.
Para aquellos que soliciten el pago de los 2.500 euros con posterioridad a la aprobación de la ley, el abono se producirá, con carácter general, el mes posterior al nacimiento o adopción y la consiguiente solicitud del pago.



Necesito información en cuanto a la paga de 100 euros ya que me llegó la de los 2500 euros en el mes de febrero y esta de los 100 no. Otra duda es que yo soy madre soltera y he leído que para las madres solteras la ayuda aumentaba más de los 2500 euros, es cierto eso porque yo sólo he recibido los 2500. Gracias
ola buenas me podrian ayudar disiendome como ago para octener la ayuda de los 100 euros soy madre separa con violencia de genero
con vilencia de genero y cepara asu cargo una nena de 10 años que ayudas me podrian dar
Comentario previo antes de la publicación.
* Registrate en Gravatar para asociar una imagen a nuestra dirección de e-mail de forma que esta se muestre en cualquier web o blog que tenga soporte para este sistema.
Normas: